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Conociendo Los Beneficios de mi Póliza GMX de Responsabilidad Civil Médica

 

Estimado Médico.

 

Con el propósito de darle a conocer los aspectos relevantes que contempla su póliza de GMX Seguros, derivado de la importancia que Usted conozca los alcances de la misma, nos permitimos ofrecer este resumen de las coberturas y beneficios que su póliza le ofrece.

 

Esperamos que la información sea de utilidad para Usted.

 

POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL PARA PROFESIONES MÉDICAS Y SUS PROFESIONES

AUXILIARES Y TÉCNICAS

 

Plan Especial Con Hospitales: ÁNGELES, STARMEDICA Y ESPAÑOL

 

Como principio fundamental su Póliza de Gmx Seguros, tiene como fin y propósito cubrir cualquier indemnización que deba a sus pacientes o a terceros dañados a consecuencia de uno o más hechos realizados sin dolo, ya sea por culpa negligente o imperita (acciones u omisiones), o por el uso de cosas peligrosas, en la prestación de servicios de atención médica en su práctica privada como profesionista independiente, persona física, y como empleado de cualquier institución pública o privada, en toda la República Mexicana. Sin la aplicación de DEDUCIBLE en la cobertura básica.

 

También queda incluida la responsabilidad por el uso de mecanismos, instrumentos, aparatos o substancias peligrosas por sí mismos y que dan lugar a responsabilidad civil. Estos aparatos pueden ser todos los usados para fines del diagnóstico y de la terapéutica, en cuanto estén reconocidos por la ciencia médica, y causen un daño previsto en esta póliza a terceras personas con motivo de la prestación de servicios para la salud.

 

Los daños amparados bajo la cobertura de responsabilidad civil comprenden: 

Lesiones corporales, enfermedades, muerte, y el deterioro o destrucción de bienes, así como los perjuicios y daño moral que deriven de los mencionados daños.

 


COBERTURA RETROACTIVA 

Tiene importancia mantener su antigüedad en Gmx? 

Si, por supuesto. La fecha inicial de contratación de su primera póliza (Fecha convencional) Se considera para efectos de reclamaciones por sucesos que pudieron originarse desde y a partir de dicha fecha. Los cuales estarían cubiertos siempre y cuando su póliza se mantenga vigente en la actualidad.


COBERTURAS BÁSICAS INCLUIDAS: 

  • Responsabilidad civil profesional.
  • Responsabilidad civil por el uso de objetos peligrosos (“objetiva”).
  • Suministros de medicamentos y materiales de curación.
  • Responsabilidad civil por sus inmuebles y responsabilidad civil por sus actividades: Las actividades que lleve a cabo el Asegurado en el desarrollo de su prestación de servicios para la salud, descritas en la cédula de la póliza: 

La cobertura incluye todos los riesgos que forman parte de la actividad materia del seguro en el giro normal de dichas actividades especificadas en la cédula de la póliza.

 

Ejemplificativamente queda amparada la responsabilidad civil legal derivada: 

 

 a) de piscinas, baños, gimnasios, parques y jardines, todos relacionados directamente con la terapia o la rehabilitación.

 

b) del uso de ascensores, montacargas y escaleras eléctricas, instalaciones higiénicas, eléctricas, antenas de radio o televisión.

 

c) de instalaciones de propaganda dentro o fuera de sus inmuebles.

 

d) de viajes del Asegurado para su participación en congresos o conferencias médicos.

 

e) de la vigilancia de sus inmuebles por personal de seguridad y por perros guardianes propiedad del Asegurado.

 

f) de la posesión y el uso de depósitos de agua o combustible e instalaciones para climas artificiales.

  • Cobertura automáticamente extendida para la responsabilidad civil y para la responsabilidad civil profesional de su personal médico como empleados y trabajadores.

Para los efectos de esta póliza el máximo de empleados, bajo relación de trabajo, que cubre este seguro es de:

  • 2 secretarias o enfermeras - secretarias.
  • 2 médicos auxiliares.
  • 3 enfermeras. 

 

 

MEDICO SUSTITUTO

 

El presente seguro se amplía a cubrir la responsabilidad cuando el Médico Asegurado, por ausencias temporales encargue a un médico sustituto, de su misma especialidad, la atención de sus pacientes.


FUNCIÓN DE ANÁLISIS Y DEFENSA JURÍDICA.

 

Quedan a cargo de GMX Seguros y dentro del límite de responsabilidad asegurado en esta póliza el pago de los gastos de defensa legal del asegurado, dichos gastos incluyen la tramitación Extrajudicial y Judicial, por las vías; Civil ( Juzgados Civiles ), Penal ( Ministerios Públicos y Juzgados de lo Penal, local o federal) y Administrativa (CONAMED, OIC, Derechos Humanos, Etc.), así como el análisis de las reclamaciones de terceros, aun cuando ellas sean Infundadas, y las Cauciones y Primas de Fianzas requeridas procesalmente.

 

 

Cabe destacar tres aspectos de los mencionados anteriormente, que como un beneficio exclusivo, Gmx ofrece a sus asegurados.

 

1.- Representación y defensa legal por las vías: Administrativa, Civil y Penal:

No todas las pólizas cubren la representación legal por estas tres vías, en muchos casos solo atienden la vía Civil y Penal.

2.- La Tramitación Extrajudicial; Es un beneficio único que ofrece Gmx a sus asegurados, por medio del cual establece que se puede llegar a un arreglo con los reclamantes e indemnizar, aun cuando no haya un juicio de por medio, lo cual le ahorra muchas molestias y complicaciones a nuestros asegurados.

 

3.- Las Cauciones; Es una cobertura exclusiva de Gmx. Son sumas en efectivo que en ocasiones puede establecer la autoridad, en lugar de las fianzas, como garantía precautoria de pago para los reclamantes.


COBERTURAS ADICIONALES Y ESPECIALES.

 

Además de las coberturas básicas antes descritas, y que son materia de la responsabilidad civil profesional cubierta, quedan también amparados en su póliza, otros riesgos colaterales propios de su actividad profesional y también de índole personal.

 

  • Responsabilidad civil del arrendatario de consultorio. (*) 

Está asegurada la responsabilidad civil legal por daños que, por incendio y rayo o explosión, se causen al inmueble o inmuebles que el Asegurado haya tomado, totalmente o en parte, en arrendamiento, para ser usado por consultorio, siempre que dichos daños le sean imputables. Con un sublímite $100,000.00 M.N.

 

  • Responsabilidad civil como condómino de consultorio. (*) 

Está asegurada además la responsabilidad civil legal del Asegurado por daños ocasionados a las áreas comunes del condómino en el cual tenga su consultorio; además por daños ocasionados a los condóminos (no incluye las áreas del Asegurado) a consecuencia de un derrame de agua accidental e imprevisto. 

 

  • Responsabilidad civil privada y familiar. (*) 

La responsabilidad civil legal en que incurra el asegurado por daños a terceros, derivada de las actividades privadas y familiares, en cualquiera de los siguientes supuestos:

  • Como jefe de familia.
  • Como propietario de una o varias casas habitación, (incluye las habitadas en fines de semana y en vacaciones).
  • Por daños ocasionados a consecuencia de incendio, o explosión del inmueble, edificio u hogar.
  • Por daños a consecuencia de un derrame de agua accidental e imprevisto.
  • Por práctica de deportes como aficionado.
  • Por el uso de bicicletas, patines, embarcaciones de pedal o de remo y vehículos no motorizados.
  • Como propietario de animales domésticos, de caza y Guardianes.
  • Durante viajes de estudios, de vacaciones o de placer del Asegurado o algún dependiente económico dentro de la República Mexicana.
  • Durante viajes de estudios, de vacaciones o de placer del Asegurado o algún dependiente económico, en el extranjero.
  • Se cubre la responsabilidad que resulte ante los trabajadores domésticos por riesgo de trabajo, otorgándose las prestaciones marcadas en el Título IX de la Ley Federal del Trabajo, hasta por un límite de $100,000.00 M.N por cada trabajador, máximo dos trabajadores.
  • El límite máximo de responsabilidad opera como límite único y combinado hasta por el límite de $100,000 M.N., en el agregado anual., incluso sí posee más de un domicilio.
 
  • Reclamación para herederos legales y cónyuges 

Esta cobertura se amplía, en su caso, para herederos legales y cónyuges, en caso de fallecimiento del asegurado y que se interponga reclamación a la masa hereditaria o a la sociedad conyugal respectivamente.

 

  • Plan de asistencia Legal Personal 

GMX consciente de las necesidades de sus asegurados, otorga sin costo un Plan de Asistencia Legal adicional e independiente a la cobertura de sus actividades profesionales, el cual operará vía telefónica en temas de materia familiar, mercantil, administrativo, civil, seguridad social y sucesiones.

 

NOTAS IMPORTANTES:

(a) Las coberturas y beneficios marcados con (*), pueden ser exclusivos solo de algunos planes, por lo que recomendamos consultar de manera especifica las condiciones particulares de su póliza.

(b) El presente boletín es sólo de carácter informativo, ya que todas las condiciones aplicables a su póliza, están contempladas de manera especifica en los documentos contractuales que conforman, como son: CARATULA DE POLIZA, CONDICIONES ESPECIFICAS o PARTICULARES Y CONDICIONES GENERALES. 


Agradecemos su atención y le reiteramos nuestro compromiso de continuar ofreciendo nuestro mejor servicio. Le invitamos a dejarnos un comentario o sugerencia que nos ayudará a seguir ofreciendo información valiosa para Usted.

 

Si tienen alguna duda o consulta, por favor llene el formulario de abajo y con gusto le responderemos a la brevedad.

 

Si desea ponerse en contacto directamente con nosotros, puede hacerlo a través del siguiente teléfono y/o correo:

 

Miguel Angel García

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