ACCIDENTES
Para estos beneficios las edades de contratación son de 12 hasta 70 años y el plazo de cobertura será igual al del Plan Básico al cual se adicionan.
La edad de cotización se calculará en base a la edad cumplida del Asegurado no aplicándose descuentos.
Pago de la Suma Asegurada por Muerte Accidental (DI):
En caso de fallecimiento del Asegurado a causa de un accidente sus beneficiarios recibirán adicionalmente la Suma Asegurada contratada para este beneficio.
Pago de la Suma Asegurada por Muerte Accidental Colectiva (DIC):
En caso de fallecimiento del Asegurado a causa de un accidente sus beneficiarios recibirán adicionalmente la Suma Asegurada contratada para este beneficio o bien, el doble de la Suma Asegurada,
si falleciera:
Pago de la Suma Asegurada por Muerte Accidental y Pérdida de Miembros (DIPM):
En caso de fallecimiento del Asegurado a causa de un accidente sus beneficiarios recibirán adicionalmente la Suma Asegurada contratada para este beneficio o bien, si por causa de un accidente el
Asegurado tuviera la pérdida de algún miembro, se le pagará un porcentaje de la Suma Asegurada contratada de acuerdo a un tabulador.
Pago de la Suma Asegurada por Muerte Accidental y Pérdida de Miembros Colectiva (DIPMC):
En caso de fallecimiento del Asegurado a causa de un accidente sus beneficiarios recibirán adicionalmente la Suma Asegurada contratada para este beneficio o bien, si por causa de un accidente el Asegurado tuviera la pérdida de algún miembro, se le pagará un porcentaje de la Suma Asegurada contratada, o bien, se pagará el doble de la Suma Asegurada, si el fallecimiento o la pérdida de miembros ocurriera:
INCAPACIDAD
Para estos beneficios las edades de contratación son de 18 hasta 55 años y el plazo de cobertura será igual al del Plan Básico al cual se adicionan siendo como máximo al llegar la póliza al
aniversario en que el Asegurado alcance los 60 años de edad.
La edad de cotización se calculará en base a la edad cumplida del Asegurado no aplicándose descuentos.
Exento de Pago de Primas por Incapacidad Total y Permanente (BIT):
En caso de que el Asegurado se incapacite total y permanentemente a consecuencia de un accidente y/o enfermedad, la Compañía le eximirá del pago de primas durante el tiempo que subsista la
incapacidad, con excepción de las primas de los beneficios de ahorro.
Pago de Suma Asegurada por Incapacidad Total y Permanente por Accidente o Enfermedad (BITP): en caso de que el Asegurado se incapacite total
y permanentemente a consecuencia de un accidente o una enfermedad, se le pagará la Suma Asegurada contratada para este beneficio.
Pago de Suma Asegurada por Incapacidad Total y Permanente por Accidente (BITPA):
En caso de que el Asegurado se incapacite total y permanentemente a consecuencia de un accidente, se le pagará la Suma Asegurada contratada para este beneficio.
ENFERMEDADES GRAVES (SEVI):
El Asegurado tendrá derecho a recibir la Suma Asegurada contratada para este beneficio en caso de que se le diagnostique alguna de las siguientes enfermedades:
La Suma Asegurada para este beneficio es adicional a la del Plan Básico y será como máximo el 25% de la Suma Asegurada contratada para el Plan Básico.
En este beneficio las edades de contratación son de 20 hasta 55 años y el plazo de cobertura será igual al del Plan Básico al cual se adiciona siendo como máximo al llegar la póliza al
aniversario en que el asegurado alcance los 65 años de edad.
La edad de cotización se calculará en base a la edad cumplida del Asegurado aplicándose descuentos por sexo femenino y de no fumador.
Beneficio Adicional Conyugal (BAC):
En caso de fallecimiento del cónyuge del asegurado durante el plazo del seguro se pagará a los beneficiarios que éste hubiera designado la suma asegurada contratada para este beneficio. En caso
del fallecimiento del asegurado, este beneficio quedará exento del pago de primas durante el tiempo que falte por transcurrir para el término del plazo del seguro, bajo las condiciones
originalmente pactadas.
Las edades de contratación son de 18 hasta 55 años.
Ahorro: si el Asegurado vive al final del plazo contratado para este beneficio, se le pagará la suma asegurada contratada.
En caso de fallecimiento del Asegurado durante el plazo contratado, se pagará a los beneficiarios el valor de rescate correspondiente.
Las edades de contratación son de 12 hasta 70 años.
La edad de cotización se calculará en base a la edad cumplida del Asegurado no aplicando descuentos.
Gastos Funerarios Familiar:
Nosotros estaremos obligados a pagar la Suma Asegurada contratada para este beneficio adicional, que no podrá exceder de 60 Salarios Mínimos Mensuales Vigentes en el Distrito Federal al momento
de la contratación, en caso de que ocurra Su fallecimiento, el de Su cónyuge o cualquiera de Sus hijos solteros, que no tengan ingresos por trabajo personal y que sean menores de 25 años de
edad.
Este beneficio adicional se renovará anualmente siempre y cuando la póliza se encuentre en vigor y se efectúe el pago de la prima correspondiente para este beneficio. La prima de este beneficio
se calculará en base a su edad cumplida en la fecha de la renovación.
Este Beneficio estará vigente durante el plazo de pago de primas del beneficio básico o hasta el aniversario-póliza en que el Asegurado alcance los 85 años de edad, lo que ocurra primero.
OPCIONES DE CONTRATACIÓN
Moneda Dólares: Si el seguro se contrata en Moneda Dólares, las obligaciones por
parte del Asegurado y de la Compañía se realizarán entregando su equivalente en
Moneda Nacional, al tipo de cambio que el Banco de México publique en el Diario Oficial
de la Federación para obligaciones en Moneda Dólares de los Estados Unidos de
Norteamérica en la fecha de pago.
DESCUENTOS OTORGADOS
Descuento por Sexo Femenino:
A las personas de sexo femenino, se reducirá en tres años su edad de cotización. Los descuentos por No Fumador y sexo femenino podrán ser acumulables y se aplicarán en el cálculo de primas de los
Planes Básicos a el Beneficio Adicional de Enfermedades Graves y al, Beneficio Adicional Conyugal, la prima y los Valores Garantizados a que tenga derecho el Asegurado corresponderán a la nueva
edad de cálculo.
Descuento por Riesgo Preferente:
Las personas de edades entre 30 y 65 años de edad no fumadoras, con excelente estado de salud y sin actividad riesgosa podrán tener derecho a un descuento adicional en su edad de cotización, con suma asegurada de $2,000,000 y planes con crecimiento lineal ajustable en dólares aplican restricciones.
FORMAS DE PAGO
El Asegurado puede elegir diferentes formas de pago de la prima (anual, semestral, trimestral y mensual), aplicandose el recargo por cargo fraccionado correspondiente.
VALORES GARANTIZADOS
Cada uno de los Planes Básicos a partir de la tercera anualidad completa pagada, tiene derecho a: