DESCRIPCIÓN DE COBERTURAS Y BENEFICIOS

ACCIDENTES

Para estos beneficios las edades de contratación son de 12 hasta 70 años y el plazo de cobertura será igual al del Plan Básico al cual se adicionan.
La edad de cotización se calculará en base a la edad cumplida del Asegurado no aplicándose descuentos.

Pago de la Suma Asegurada por Muerte Accidental (DI):

En caso de fallecimiento del Asegurado a causa de un accidente sus beneficiarios recibirán adicionalmente la Suma Asegurada contratada para este beneficio.

Pago de la Suma Asegurada por Muerte Accidental Colectiva (DIC):

En caso de fallecimiento del Asegurado a causa de un accidente sus beneficiarios recibirán adicionalmente la Suma Asegurada contratada para este beneficio o bien, el doble de la Suma Asegurada, si falleciera:

  • Mientras viaje como pasajero en cualquier vehículo público que no sea aéreo, operado regularmente por una empresa de transporte público, con boleto pagado, sobre una ruta establecida normalmente para servicio de pasajeros y sujeta a itinerarios regulares.
    Mientras viaje como pasajero en un ascensor que opere para servicio público (exceptuando minas).
  • A causa de incendio en cualquier teatro, hotel u otro edificio público en donde se encuentre el asegurado al iniciarse el incendio.

Pago de la Suma Asegurada por Muerte Accidental y Pérdida de Miembros (DIPM):

En caso de fallecimiento del Asegurado a causa de un accidente sus beneficiarios recibirán adicionalmente la Suma Asegurada contratada para este beneficio o bien, si por causa de un accidente el Asegurado tuviera la pérdida de algún miembro, se le pagará un porcentaje de la Suma Asegurada contratada de acuerdo a un tabulador.

Pago de la Suma Asegurada por Muerte Accidental y Pérdida de Miembros Colectiva (DIPMC):

En caso de fallecimiento del Asegurado a causa de un accidente sus beneficiarios recibirán adicionalmente la Suma Asegurada contratada para este beneficio o bien, si por causa de un accidente el Asegurado tuviera la pérdida de algún miembro, se le pagará un porcentaje de la Suma Asegurada contratada, o bien, se pagará el doble de la Suma Asegurada, si el fallecimiento o la pérdida de miembros ocurriera:

  • Mientras viaje como pasajero en cualquier vehículo público que no sea aéreo, operado regularmente por una empresa de transporte público, con boleto pagado, sobre una ruta establecida normalmente para servicio de pasajeros y sujeta a itinerarios regulares.
  • Mientras viaje como pasajero en un ascensor que opere para servicio público (exceptuando minas).
  • A causa de incendio en cualquier teatro, hotel u otro edificio público en donde se encuentre el asegurado al iniciarse el incendio.

 

INCAPACIDAD

 

Para estos beneficios las edades de contratación son de 18 hasta 55 años y el plazo de cobertura será igual al del Plan Básico al cual se adicionan siendo como máximo al llegar la póliza al aniversario en que el Asegurado alcance los 60 años de edad.
La edad de cotización se calculará en base a la edad cumplida del Asegurado no aplicándose descuentos.

Exento de Pago de Primas por Incapacidad Total y Permanente (BIT):

En caso de que el Asegurado se incapacite total y permanentemente a consecuencia de un accidente y/o enfermedad, la Compañía le eximirá del pago de primas durante el tiempo que subsista la incapacidad, con excepción de las primas de los beneficios de ahorro.

Pago de Suma Asegurada por Incapacidad Total y Permanente por Accidente o Enfermedad (BITP): en caso de que el Asegurado se incapacite total y permanentemente a consecuencia de un accidente o una enfermedad, se le pagará la Suma Asegurada contratada para este beneficio.

Pago de Suma Asegurada por Incapacidad Total y Permanente por Accidente (BITPA):
En caso de que el Asegurado se incapacite total y permanentemente a consecuencia de un accidente, se le pagará la Suma Asegurada contratada para este beneficio.

 

ENFERMEDADES GRAVES (SEVI):

El Asegurado tendrá derecho a recibir la Suma Asegurada contratada para este beneficio en caso de que se le diagnostique alguna de las siguientes enfermedades:

  • Infarto al miocardio 
  • Cáncer
  • Enfermedad cerebro vascular
  • Insuficiencia renal.
  • Transplantes de órganos vitales.
  • Parálisis / paraplejía
  • Afecciones de las arterias coronarias que requieren cirugía de BYPASS.

La Suma Asegurada para este beneficio es adicional a la del Plan Básico y será como máximo el 25% de la Suma Asegurada contratada para el Plan Básico.
En este beneficio las edades de contratación son de 20 hasta 55 años y el plazo de cobertura será igual al del Plan Básico al cual se adiciona siendo como máximo al llegar la póliza al aniversario en que el asegurado alcance los 65 años de edad.
La edad de cotización se calculará en base a la edad cumplida del Asegurado aplicándose descuentos por sexo femenino y de no fumador.

Beneficio Adicional Conyugal (BAC):

En caso de fallecimiento del cónyuge del asegurado durante el plazo del seguro se pagará a los beneficiarios que éste hubiera designado la suma asegurada contratada para este beneficio. En caso del fallecimiento del asegurado, este beneficio quedará exento del pago de primas durante el tiempo que falte por transcurrir para el término del plazo del seguro, bajo las condiciones originalmente pactadas.
Las edades de contratación son de 18 hasta 55 años.

Ahorro: si el Asegurado vive al final del plazo contratado para este beneficio, se le pagará la suma asegurada contratada.
En caso de fallecimiento del Asegurado durante el plazo contratado, se pagará a los beneficiarios el valor de rescate correspondiente.
Las edades de contratación son de 12 hasta 70 años.
La edad de cotización se calculará en base a la edad cumplida del Asegurado no aplicando descuentos.

Gastos Funerarios Familiar:

Nosotros estaremos obligados a pagar la Suma Asegurada contratada para este beneficio adicional, que no podrá exceder de 60 Salarios Mínimos Mensuales Vigentes en el Distrito Federal al momento de la contratación, en caso de que ocurra Su fallecimiento, el de Su cónyuge o cualquiera de Sus hijos solteros, que no tengan ingresos por trabajo personal y que sean menores de 25 años de edad.
Este beneficio adicional se renovará anualmente siempre y cuando la póliza se encuentre en vigor y se efectúe el pago de la prima correspondiente para este beneficio. La prima de este beneficio se calculará en base a su edad cumplida en la fecha de la renovación.
Este Beneficio estará vigente durante el plazo de pago de primas del beneficio básico o hasta el aniversario-póliza en que el Asegurado alcance los 85 años de edad, lo que ocurra primero.

 

OPCIONES DE CONTRATACIÓN

  • Moneda Nacional
  • Planes Nivelados
  • Planes con Crecimiento Preestablecido
  • Planes con Crecimiento Inflacionario (Ajustables)
  • Moneda Dólares
  • Moneda Nacional

    Planes Nivelados: la Suma Asegurada y la prima no varían durante todo el plazo de seguro y de pago de primas.

    Planes con Crecimiento Preestablecido: la Suma Asegurada y la prima del Plan Básico y de los Beneficios Adicionales crecerán anualmente por un importe fijo que resulta de aplicar el porcentaje contratado a la Suma Asegurada y prima iniciales.
    Este crecimiento se efectuará únicamente durante el plazo de pago de primas.

    Planes con Crecimiento Inflacionario (Ajustables): la Suma Asegurada y las primas del Plan Básico y de los beneficios adicionales contratados se ajustarán anualmente de acuerdo a las variaciones que presente el Índice Nacional de Precios al Consumidor (I.N.P.C.) que publica el Banco de México. Esta actualización se llevará a cabo hasta la fecha de ocurrencia del siniestro o de vencimiento del seguro.

 

          Moneda Dólares: Si el seguro se contrata en Moneda Dólares, las obligaciones por    

        parte del Asegurado y de la Compañía se realizarán entregando su equivalente en

        Moneda Nacional, al tipo de cambio que el Banco de México publique en el Diario Oficial

        de la Federación para obligaciones en Moneda Dólares de los Estados Unidos de 

        Norteamérica en la fecha de pago.

 

DESCUENTOS OTORGADOS

 

Descuento por Sexo Femenino:

A las personas de sexo femenino, se reducirá en tres años su edad de cotización. Los descuentos por No Fumador y sexo femenino podrán ser acumulables y se aplicarán en el cálculo de primas de los Planes Básicos a el Beneficio Adicional de Enfermedades Graves y al, Beneficio Adicional Conyugal, la prima y los Valores Garantizados a que tenga derecho el Asegurado corresponderán a la nueva edad de cálculo.

Descuento por Riesgo Preferente:

Las personas de edades entre 30 y 65 años de edad no fumadoras, con excelente estado de salud y sin actividad riesgosa podrán tener derecho a un descuento adicional en su edad de cotización, con suma asegurada de $2,000,000 y planes con crecimiento lineal ajustable en dólares aplican restricciones.

 

FORMAS DE PAGO

El Asegurado puede elegir diferentes formas de pago de la prima (anual, semestral, trimestral y mensual), aplicandose el recargo por cargo fraccionado correspondiente.

 

VALORES GARANTIZADOS

Cada uno de los Planes Básicos a partir de la tercera anualidad completa pagada, tiene derecho a:

  • Valor de Rescate: Si no desea continuar con el seguro, puede cancelar y solicitar la devolución de la cantidad en efectivo que se haya constituido en el fondo de reserva de acuerdo a la tabla específica de rescate.
  • Seguro Saldado: Sin más pago de primas para el asegurado su póliza continuará conservando las mismas condiciones contratadas hasta el plazo máximo que las reservas matemáticas del fondo alcancen a pagar.
  • Seguro Prorrogado: Sin más pago de primas para el asegurado, la póliza quedará pagada y vigente hasta su plazo máximo contratado, ajustando las sumas aseguradas.